Resolución de 16 de enero de 2015, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de becas MAEC-AECID de Arte, Educación y Cultura para el curso académico 2015-2016.
Los programas de becas y lectorados MAEC-AECID, en su sexagésimo octava edición, se han consolidado como uno de los instrumentos más preciados de la política exterior española. La presente convocatoria se integra en los esfuerzos del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España, a través del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), para fomentar la internacionalización del arte y de la cultura españolas, ofreciendo programas formativos y de prácticas en este ámbito.
Los programas ofertados, destinados a ciudadanos españoles y extranjeros, ofrecen un marco de oportunidades de formación y de prácticas en un amplio espectro de disciplinas culturales y artísticas. La convocatoria se configura, asimismo, como un importante instrumento de las relaciones culturales y científicas de España con el resto del mundo, a la vez que impulsa la proyección internacional y la movilidad de los creadores españoles.
Estos programas se llevan a cabo en estrecha colaboración con diversas instituciones españolas y extranjeras de referencia, como la Real Academia de España en Roma (RAER), la Real Academia Española (RAE), el Colegio de Europa y la Escuela Superior de Música Reina Sofía. Asimismo, según se detalla en el Anexo I, cuenta con la colaboración de la Fundación Rafael del Pino.
La convocatoria se regirá por las normas específicas y bases contenidas en esta Resolución y, asimismo, se ajustará a lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, la Orden AEC/2776/2011, de 7 de octubre, por la que se establece la obligatoriedad de las comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID) e interesados y beneficiarios de becas, proyectos de cooperación interuniversitaria e investigación científica y lectorados MAEC-AECID, el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la AECID, la Resolución de Presidencia de la AECID de 2 de julio de 2009 (BOE núm. 183, de 30 de julio), modificada por Resolución de 6 de mayo de 2011 de la Presidencia de la AECID, por la que se delegan determinadas competencias (BOE núm. 127, de 28 de mayo), así como a las disposiciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y del Real Decreto 794/2010, de 16 de junio, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley General de Subvenciones y de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, la AECID podrá designar entidades colaboradoras para la gestión de las ayudas objeto de esta convocatoria en los términos que se recogerán en los oportunos convenios de colaboración.
En virtud de ello, esta Presidencia, previo informe de la Abogacía del Estado de la AECID, resuelve:
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